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Una nueva serie de criterios en América Latina para ayudar a identificar y proteger a las comunidades locales
LA INICIATIVA PARA LOS DERECHOS Y RECURSOS

Representantes comunitarios regionales hacen un llamado a las Naciones Unidas y a los gobiernos para que otorguen el debido reconocimiento a las comunidades locales al definir quiénes son.

14 .10. 2020  
5 minutos de lectura
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Desde que se realizó la Cumbre de la Tierra de las Naciones Unidas, realizada en Río de Janeiro en 1992, se ha reconocido que las comunidades locales, así como los Pueblos Indígenas, son esenciales para que los instrumentos internacionales establecidos logren el desarrollo sostenible.

Después de la Cumbre de la Tierra, tanto la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) también reconocieron de forma explícita y reiterada los derechos y la importancia de estas comunidades. Entre los ejemplos de este reconocimiento se incluyen las salvaguardas de Cancún, adoptadas durante la Conferencia de las Partes (COP) en 2016 y más recientemente, la creación de la Plataforma de las Comunidades Locales y los Pueblos Indígenas (LCIPP, por sus siglas en inglés) en el marco de la CMNUCC.

Apesar de estas afirmaciones reiteradas, todavía queda sin responder una pregunta esencial: ¿qué constituye realmente una comunidad local? Diversas instituciones a nivel mundial, tal como la CMNUCC, aún no son claras y no han podido lograr un consenso en torno a los criterios para la identificación y la autoidentificación de las comunidades locales. Es fundamental que se definan estos criterios, ya que ninguna comunidad puede ejercer sus derechos básicos o participar en la agenda sobre el cambio climático global, si existe ambigüedad sobre quiénes son los titulares de los derechos.

Con la facilitación de la coalición de RRI en América Latina, diversas organizaciones de la sociedad civil han venido trabajando desde 2019 para definir de manera colectiva estos criterios tan necesarios. En coordinación con sus miembros de la Alianza Mesoamericana de Pueblos y Bosques (AMPB) y el Proceso de Comunidades Negras (PCN), RRI ha ayudado especialmente a que las organizaciones titulares de derechos en Meso y Suramérica trabajen en sintonía al establecer sinergias entre sus iniciativas y esfuerzos para fomentar este proceso.

De forma conjunta, las organizaciones elaboraron una propuesta preliminar, la cual se compartió durante la primera reunión del grupo de trabajo de la Plataforma de las Comunidades Locales y los Pueblos Indígenas de la CMNUCC, realizada en junio de 2019. Después de esta propuesta, diversas organizaciones y representantes comunitarios de Brasil, Colombia, Guatemala, Honduras y México organizaron un taller virtual el 31 de julio de 2020, en el cual trabajaron para finalizar de forma colectiva los criterios y la definición de comunidades locales. Posteriormente, hubo un proceso de revisión durante dos reuniones regionales realizadas el 1° y el 2 de octubre, en las cuales participaron organizaciones de comunidades locales en América Latina y el Caribe, tales como Afrodescendientes y mujeres.

Los participantes de las reuniones de octubre acordaron enviar los criterios siguientes para la identificación y la autodefinición a la CMNUCC, al CDB, a los gobiernos nacionales y a varias organizaciones multilaterales que trabajan en la región. (Nota: el desarrollo de estos criterios todavía está en marcha por parte de las organizaciones que están participando en esta iniciativa).

Criterios para la identificación y la autoidentificación: Al hablar de una comunidad local, se hace referencia al espacio en común en el que una colectividad se relaciona con su territorio, primordialmente a través de una relación interactiva de trabajo. Esta colectividad debe cumplir con los criterios siguientes:

  1. Identidad social y autoatribución: Sus miembros se reconocen mutuamente como parte de la comunidad. A su vez, la comunidad los reconoce como parte de esta.
  2. Un territorio que se gestiona colectivamente, sobre el cual la comunidad puede tener un título, o tenerlo bajo su posesión, o bien, hacer uso del mismo.
  3. Una o varias actividades económicas como medios de sustento, caracterizadas por su respeto a la naturaleza, priorizando el bien común en lugar de los beneficios individuales.
  4. Una historia y una cultura compartidas.
  5. Sus propios representantes, autoridades, organizaciones o gobiernos, con base en sus costumbres, prácticas y normas internas.

Ahora, el objetivo que se ha trazado es que estas agencias, gobiernos e instituciones adopten este lenguaje dentro de sus marcos, instrumentos y políticas que afectan a las comunidades locales y sus territorios.

Gustavo Sánchez, Presidente de la Red Mexicana de Organizaciones Campesinas Forestales (Red MOCAF) e integrante de la Alianza Mesoamericana de Pueblos y Bosques (AMPB), explicó que “desde la Cumbre de Río en 1992 y desde el establecimiento de la Convención sobre el Cambio Climático y el Convenio sobre la Diversidad Biológica se viene hablando en estos organismos sobre las comunidades locales, pero no se han precisado elementos para que se les reconozca y se autoreconozcan, por lo que esto impide que puedan ejercer sus derechos”.

El Sr. Sánchez mencionó a México como ejemplo, donde la mayoría de los ejidos y las comunidades agrícolas se identifican como comunidades locales. Con posterioridad, esta identificación podría fortalecer sus derechos, la aplicación de aquellas políticas que les afectan y la protección de sus territoritos.

José Luis Rengifo, representante del Proceso de Comunidades Negras (PCN), una organización nacional que reúne a la mayoría de las organizaciones de comunidades negras en Colombia, señaló que “en la construcción de la propuesta de criterios de identificación y autoidentificación para el reconocimiento y el ejercicio de derechos de las comunidades locales, hemos participado representantes de pueblos y organizaciones con identidades muy diversas”.

Asimismo, el Sr. Rengifo hizo énfasis en el hecho de que, si lo adoptan las agencias de las Naciones Unidas y los gobiernos nacionales, este proceso beneficiará a los Afrodescendientes al fortalecer sus derechos y sus voces en entornos tanto nacionales como internacionales.

Entre los participantes de las reuniones de octubre para finalizar los criterios hubo representantes del sector académico e investigadores de varios países, tales como Arturo Escobar (de Colombia y profesor de la Universidad de Carolina del Norte, Estados Unidos), Gonzalo Chapela y Mendoza y Conrado Márquez Rosano (de México, investigadores del programa de posgrado en desarrollo rural regional de la Universidad Autónoma Chapingo),  Omaira Bolaños (funcionaria de RRI), y Tiffany Hodgson, coordinadora de la Plataforma de las Comunidades Locales y los Pueblos Indígenas de la CMNUCC.

Omaira Bolaños, Directora de Programas para América Latina y Justicia de Género en RRI, aseveró que “RRI se complace en haber acompañado y apoyado este paso esencial hacia una mayor inclusión y protección de las comunidades locales. Una mayor claridad sobre la situación y los derechos de las comunidades es una condición integral para cualquier tipo de desarrollo, incluidos los esfuerzos de recuperación por el COVID-19, para que puedan tener éxito”.

Vea la propuesta de identificación y autoidentificación de las Comunidades Locales construida desde la base y de manera participativa en América Latina aquí.

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