¿De quién es el agua?

Análisis comparativo de leyes y reglamentos de nivel nacional que reconocen los derechos sobre el agua dulce de pueblos indígenas y comunidades locales

Autor: Rights and Resources Initiative & Environmental Law Institute

Fecha: agosto 20, 2020

Los derechos de tenencia de agua dulce claramente definidos y jurídicamente seguros son esenciales para los medios de vida y la seguridad alimentaria de los Pueblos Indígenas y las comunidades locales, así como para los esfuerzos de los países por alcanzar las prioridades de desarrollo sostenible y garantizar la resistencia al clima. Sin embargo, el alcance del reconocimiento jurídico de esos derechos al agua sigue siendo en gran medida desconocido y no se ha supervisado. Hasta la fecha, el conjunto de derechos jurídicos más importantes para permitir la seguridad de la tenencia de agua de las comunidades no se ha articulado ni respaldado plenamente mediante orientaciones mundiales como las Directrices voluntarias sobre la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra, la pesca y los bosques en el contexto de la seguridad alimentaria nacional (VGGT).

En el presente documento se resumen las conclusiones de la primera evaluación comparativa internacional sobre la medida en que diversos marcos jurídicos de ámbito nacional reconocen los derechos de agua dulce de los Pueblos Indígenas y las comunidades locales, así como los derechos específicos de las mujeres a utilizar y gobernar las aguas comunitarias. El análisis es fruto de la colaboración entre el Instituto de Derecho Ambiental y la Iniciativa de Derechos y Recursos -que alberga el único programa de investigación del mundo dedicado a vigilar la situación de los derechos de tenencia de tierras, bosques y agua dulce de las comunidades- y se ampliará y actualizará con el tiempo.

La presentación en PowerPoint del seminario web «¿De quién es el agua?» del 28 de agosto de 2020 está disponible aquí en español, inglés y francés. La grabación del seminario web está disponible en español, inglés y francés.


https://doi.org/10.53892/QFJY6688
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Hallazgos Principales

El análisis reveló que el derecho de las comunidades de utilizar y administrar el agua dulce se reconoce por lo menos en 14 de los 15 países estudiados, pero las considerables lagunas legislativas y cargas administrativas existentes a menudo les impiden manejar y proteger eficazmente sus recursos de agua dulce. Cabe resaltar que en los lugares donde por ley los derechos de las comunidades sobre el agua dulce dependen de que se reconozcan sus derechos a la tierra o los bosques, como se observó en 25 de los 39 marcos jurídicos examinados, dichos marcos tienden a proporcionar protección legal
más robusta tanto a las comunidades en general como a las mujeres en particular. Con todo, en su conjunto, los impedimentos derivados de procedimientos frecuentemente limitan la capacidad de las comunidades para usar legalmente el agua con fines clave de subsistencia y de tipo comercial; las discrepancias de las leyes a nivel nacional impiden que las comunidades obtengan la seguridad del acceso al agua y la tenencia de la tierra, y los derechos de las mujeres al agua de la comunidad no se reconocen adecuadamente. Al armonizar de manera integrada y desde una perspectiva de género las leyes y políticas que regulan el agua, las tierras y los bosques, los países podrían abordar esas inconsistencias y omisiones legislativas al tiempo de satisfacer las necesidades de subsistencia y prioridades de desarrollo de pueblos indígenas, comunidades locales y las mujeres de esas comunidades.

Infografías

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