Examinar en qué medida las leyes nacionales reconocen los derechos al agua dulce de los Pueblos Indígenas, los Pueblos Afrodescendientes y las comunidades locales a través de distintos Regímenes de Tenencia Comunitaria del Agua (RTCA). Un RTCA es un conjunto diferenciable de leyes y reglamentos nacionales que rigen situaciones en las que los derechos de uso del agua dulce y, al menos, la gobernanza o la exclusión se mantienen a nivel comunitario.
En 14 de los 15 países analizados existen, como mínimo, derechos de las comunidades a utilizar y gobernar el agua dulce, pero los considerables vacíos legislativos y las cargas administrativas suelen obstaculizar su capacidad para gestionar y proteger eficazmente sus recursos de agua dulce.
El análisis es fruto de la colaboración entre el Instituto de Derecho Ambiental y la Iniciativa para los Derechos y los Recursos, y se irá ampliando y actualizando con el tiempo.
Los 15 países del conjunto de datos albergan a más de 1.100 millones de habitantes rurales y contienen más del 25% de los recursos hídricos renovables del mundo.
La evaluación de RRI de la tenencia comunitaria del agua dulce se basa en preguntas de umbral a nivel nacional y comunitario y en indicadores legales a nivel comunitario.
El reconocimiento legal de la tenencia comunitaria del agua puede o no estar arraigado en el reconocimiento más amplio de los derechos consuetudinarios de las comunidades al agua o a los recursos naturales, la dependencia de los derechos legales a la tierra (llamado «el vínculo entre tierra y agua») o el derecho humano al agua. Más información sobre la metodología de la tenencia del agua de RRI.
El análisis procede del informe «¿De quién es el agua?» elaborado en colaboración por el Instituto de Derecho Ambiental y la Iniciativa para los Derechos y Recursos.
El derecho humano al agua está legalmente reconocido en 9 de 15 países: 5 de 6 en América Latina; 3 de 5 en África; y sólo 1 de 4 en Asia.
Los derechos consuetudinarios de las comunidades sobre el agua están reconocidos en 32 de los 39 marcos jurídicos analizados. El 90% de los marcos jurídicos tanto en África como en América Latina reconocen estos derechos, frente al 55% en Asia.
Cómo citar los datos:
Fuente: RRI y ELI. 2020. ¿De quién es el agua? Análisis comparativo de leyes y reglamentos de nivel nacional que reconocen los derechos sobre el agua dulce de pueblos indígenas y comunidades locales.
La evaluación de RRI de la tenencia comunitaria del agua dulce se basa en preguntas de umbral a nivel nacional y comunitario y en indicadores legales a nivel comunitario.
Preguntas de umbral relativas al nivel nacional
Abordar los derechos sobre el agua dulce que afectan a todos los individuos de un país, independientemente de si ejercen derechos sobre los recursos a través de un sistema de tenencia basado en la comunidad. Incluidos:
Preguntas de umbral relativas al nivel de los RTCA
Abordar las características fundamentales de cada marco jurídico que reconoce la tenencia comunitaria del agua dulce dentro de un país, incluyendo:
Indicadores jurídicos comunitarios
Derechos legales que apoyan la tenencia comunitaria de agua dulce en virtud de la legislación nacional, incluyendo:
El vínculo entre tierra y agua
El vínculo entre tierra y agua se define como la dependencia de los derechos reconocidos de las comunidades sobre el agua de los derechos legales sobre la tierra. Un » vínculo entre tierra y agua» legislativo puede proporcionar una base jurídica crucial para los derechos comunitarios sobre el agua dulce, especialmente cuando las leyes sobre el agua de los países no tienen en cuenta o no protegen los derechos y necesidades específicos de los Pueblos Indígenas, los Pueblos Afrodescendientes y las comunidades locales
Estas preguntas evalúan los elementos de los derechos al agua dulce legalmente reconocidos que afectan a todas las personas dentro de un país determinado y que influyen fuertemente en la eficacia y la seguridad de los derechos comunitarios al agua dulce.
These questions evaluate elements of legally recognized freshwater rights that impact all people within a given country, and that strongly influence the strength and security of community-based freshwater rights.
CWTR-level threshold questions provide critical context within which the bundle of freshwater rights held by Indigenous Peoples, Afro-descendants, local communities, and women in those communities should be understood.
¿Reconocen las leyes específicas de los RTCA los derechos de las comunidades a utilizar el agua dulce con fines culturales/religiosos, domésticos, de subsistencia o comerciales?
Do CWTR-specific laws recognize the right of communities to sell, lease, or otherwise transfer any of their rights to freshwater?
Under CWTR-specific laws, do communities have the right to exclude any third parties from freshwater resources, except under circumstances related to the exercise of the human right to water?
Do CWTR-specific laws recognize communities’ right to rulemaking, planning and management, internal dispute resolution, or external enforcement?
Do CWTR-specific laws recognize communities’ domestic due process and compensation should a state or other actor revoke, infringe, or extinguish community freshwater rights?
Los derechos legales de las comunidades al agua dulce dependen de sus derechos reconocidos a la tierra o a los bosques en 25 de los 39 marcos legales analizados, y estos marcos establecen de forma consistente un mayor reconocimiento de los derechos comunitarios al agua dulce.
Un » vínculo entre tierra y agua» legislativo puede proporcionar una base jurídica crucial para los derechos comunitarios sobre el agua dulce, especialmente cuando las leyes sobre el agua de los países no tienen en cuenta o no protegen los derechos y necesidades específicos de los Pueblos Indígenas, los Pueblos Afrodescendientes y las comunidades locales. Los resultados demuestran que el «vínculo entre tierra y agua » es a menudo esencial para apoyar la capacidad de las comunidades de reclamar, proteger y hacer realidad sus derechos de tenencia del agua.
¿Cómo afecta el vínculo entre tierra y agua a los derechos de: