Como se ve en Servindi
Servindi, 7 de abril, 2015.- Con el voto aprobatorio de seis congresistas y pese a la férrea oposición de organizaciones indígenas y de la sociedad civil, esta mañana se aprobó en laComisión de Pueblos el proyecto de Ley 3941, que, según el Gobierno, buscaría dinamizar la economía en favor de las zonas de mayor exclusión social.
Los cuestionamientos no se han hecho esperar y organizaciones defensoras de los derechos de los pueblos originarios han calificado el acto de arbitrario, en razón de que el proyecto se aprobó con un quórum de solo seis congresistas, de un total de 12 miembros, tres de los cuáles eran accesitarios.
Un hecho que también ha motivado críticas ha sido que en los momentos previos a la aprobación, no se le otorgó la palabra a los representantes de la organización nacional indígena Aidesep ni al Pacto de Unidad, que agrupa a seis organizaciones indígenas de caráter nacional.
Según explica la Red Muqui, no se les cedió la palabra a los representante indígenas pese a que existía el compromiso, en una reunión anterior de la misma comisión, para que esto se dé.
Así las cosas, explica la Red, la congresista Verónika Mendoza, quien integra la comisión, pasó a retirarse, procediéndose a la votación, que por unanimidad aprobó el proyecto en cuestión.
Cabe precisar que el dictamen final aprobado, no ha tomado en consideración las recomendaciones de la Defensoría del Pueblo, ni los aportes que las organizaciones indígenas hicieron llegar en una carta remitida a la Comisión, el 30 de marzo pasado.
Serios cuestionamientos a la norma
Desde su presentación ante el Congreso en el mes de noviembre del año pasado, la Ley 3941 ha sido motivo de numerosos cuestionamientos.
Según explican quienes se oponen a la misma, se trata de una norma que pondría en riesgo las tierras y territorios de los pueblos indígenas, posesionarios, así como de las comunidades nativas y campesinas en proceso de reconocimiento y/o titulación.
Los títulos de la norma que preocupan son los referidos a la imposición de servidumbres, la protección de derecho de vía y la expropiación de bienes inmuebles para proyectos de infraestructura de gran envergadura.
Sobre la solicitud de servidumbre de terrenos eriazos de propiedad estatal se precisa que ésta se formula siempre y cuando los terrenos no estén ocupados por comunidades campesinas y nativas, que se regulan por la ley de la materia.
No obstante, advierten, que esto es insuficiente dado que en la actualidad existen muchos pueblos indígenas que aún se encuentran en proceso de titulación o de reconocimiento.
Otro punto cuestionado es el referido a la simplificación y plazos para la aprobación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) a cargo del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE).
Según la norma, el SENACE será el organismo que expedirá la Resolución de Certificación Ambiental Integrada, conteniendo en el mismo acto tanto la aprobación del EIA-d (detallado) como los títulos habilitantes correspondientes.
Además, se permite que el titular de un proyecto de inversión usar la información de la Línea de Base de un EIA-d o de un EIA-sd (semidetallado) aprobado previamente, sea a su favor o de terceros.